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DERECHOS HUMANOS - VIOLENCIA

CIMAC
Resumen de Cimacdiario, Vol 44, Envío 34

* Discriminación y pobreza impiden registro de infantes: UNICEF

-- 14 por ciento sin acta en AL durante 2004

Por Narce Santibañez Alejandre

México, 22 febrero 07 (CIMAC).- La discriminación, la pobreza, el
aislamiento geográfico y la falta de acceso a la información son los
principales motivos por lo que no se registran los nacimientos en varios
países latinoamericanos, obstaculizando el pleno goce de los derechos
fundamentales de niñas y niños, señaló el Centro por la Justicia y el
Derecho Internacional (CEJIL), organismo defensor de los derechos humanos
en América.

De acuerdo con un artículo de CEJIL, publicado en el DFensor, órgano
oficial de difusión de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal
(CDHDF), "los niños nacidos en zonas rurales o aisladas y los que
pertenecen a pueblos indígenas, presentan altos índices de no registro". En
el caso de las familias migrantes, las autoridades se muestran reticentes a
registrarlos u obstaculizan el proceso, puntualiza.

En un estudio de Unicef realizado en el 2004, 41 por ciento de los
nacimientos en el mundo no fueron registrados, según informa en un boletín
la CDHDF, cifra que en América Latina ascendió a 14 por ciento.

Ante esta situación, CEJIL aseveró que la ausencia de un sistema de
registro de nacimientos obligatorio, universal permanente y continuo, se
debe a que las autoridades no lo conciben como una prioridad dentro de sus
programas de gobierno.

Asimismo, CEJIL advirtió que cuando a niñas y niños no se les realiza este
proceso al nacer, se les priva del derecho a tener y preservar un nombre y
una nacionalidad, también se les niega el acceso a educación, salud,
medidas especiales de protección y, en algunos casos, son vulnerables a la
explotación y malos tratos.

Según el informe La infancia cuenta en México de La Red por los Derechos de
la Infancia, en 2004 el 25 por ciento de la población infantil no fue
registrada antes de cumplir el año, por tal motivo en nuestro país ninguna
entidad federativa ha logrado el registro del 100 por ciento de la
población menor de un año, indica el documento.

DERECHOS DE LA INFANCIA

La Convención sobre los Derechos del Niño señala en su Artículo 7º que "el
niño será inscrito inmediatamente después de su nacimiento y tendrá derecho
desde que nace a un nombre, a adquirir una nacionalidad y, en la medida de
lo posible, a conocer a sus padres y a ser cuidado por ellos".

Asimismo, los Estados Parte velarán por la aplicación de estos derechos de
conformidad con su legislación nacional y las obligaciones que hayan
contraído en virtud de los instrumentos internacionales pertinentes en esta
esfera.

De acuerdo con el Artículo 3º de la Convención Americana sobre Derechos
Humanos, los Estados parte están obligados a "garantizar a aquellas
personas en situación de vulnerabilidad, marginación y discriminación, las
condiciones jurídicas y administrativas que les aseguren el ejercicio de
este derecho, en atención al principio de igualdad ante la ley".

DAR PROTECCIÓN EN AMÉRICA

El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) es una
organización, creada en 1992, para la defensa y promoción de los derechos
humanos en el hemisferio americano, trabaja en coordinación con el Sistema
Interamericano de Protección de los Derechos Humanos de la Organización de
Estados Americanos (OEA), el cual tiene dos instancias: Comisión
Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Corte Interamericana de
Derechos Humanos (CorteIDH).

El objetivo principal de Cejil es asegurar la aplicación plena de normas
internacionales de derechos humanos en los Estados miembros de la OEA,
mediante el uso efectivo del sistema interamericano de derechos humanos y
otros mecanismos de protección internacional.

Es una organización regional que ofrece un servicio jurídico gratuito,
especializado en el sistema interamericano de protección de los derechos
humanos y procura asegurar el esclarecimiento de los hechos violatorios, la
aplicación de sanciones legales a los responsables de violaciones, la
reparación de daños a las víctimas, además de la prevención de violaciones
futuras.

Actualmente, la CIDH estableció relatorías especiales para mejorar la
protección en los siguientes temas y grupos sociales: los derechos de
niñas, niños y adolescentes, de las mujeres, de los pueblos indígenas, de
las personas privadas de su libertad, de trabajadores migrantes y
familiares, personas afro-descendientes, así como situaciones donde se
vulnere la libertad de expresión.

Audiencias, relatorías temáticas, visitas in loco (visita al país),
informes y sistemas de denuncias individuales, son los mecanismos que
utiliza la CIDH para la protección de los derechos humanos.

Cejil también cumple un papel de mediación, se encarga de dar seguimiento a
los casos presentados en la CIDH y de hacer los contactos necesarios con
las cancillerías de cada uno de los países involucrados, aún cuando en
situaciones especiales la Comisión puede establecer esta relación directamente.

07/NSA/CV

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VIOLENCIA

* Reconoce UNICEF reformas sobre explotación sexual infantil

-- Pero faltan datos y leyes locales

México DF, 22 enero 07 (CIMAC).- El Fondo de las Naciones Unidas para
Infancia (UNICEF) reconoció al Congreso de la Unión de México por la
reforma al Código Penal y a la Ley Federal contra la Delincuencia
Organizada en materia de explotación sexual infantil.

Las reformas, que adicionan y derogan diversas disposiciones del Código
Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley
Federal contra la Delincuencia Organizada, son resultado de varias
iniciativas promovidas por diversos legisladores, durante la legislatura
pasada, que habían sido aprobadas por la Cámara de Diputados desde el 28 de
abril del 2005, con el objetivo de garantizar la protección de los derechos
de las y los niños, niñas y adolescentes en contra de la explotación y
abuso sexual.

Para UNICEF, dice el organismo a través de un boletín, preocupa
especialmente, dentro de la violación a los derechos humanos, la
explotación sexual comercial infantil.

Y es que en México este fenómeno incluyó, tan sólo en el año 2000, a 16 mil
niñas, niños y adolescentes, aproximadamente, según el estudio "Infancia
Robada", publicado por UNICEF, Centro de Investigación y Estudios sobre
Antropología Social (CIESAS) y el Sistema para el Desarrollo Integral de la
familia (DIF).

Pero no existen estadísticas actualizadas sobre el tema, lo que indica la
necesidad de tener información más precisa y al día sobre este tema en
México, dice UNICEF.

Es muy favorable la reforma, dice el boletín, "porque además de aumentar
penas de algunos delitos ya previstos con anterioridad (como es el delito
de corrupción de menores de 18 años de edad), se incluyen o tipifican por
primera vez en el Código Penal Federal como delitos graves" los de turismo
sexual contra personas menores de 18 años de edad, pornografía infantil en
todas sus modalidades, incluida la de Internet, la trata de personas
menores de dieciocho años de edad, así como el lenocinio de personas
menores de dieciocho años de edad.

Con esta ley se agravan también las sanciones cuando estos delitos son
cometidos por familiares, tutores, funcionarios públicos, maestros
ministros de culto, ente otras personas.

Por su parte, Daniel Camazón, Representante de UNICEF México admite que las
medidas son un paso muy importante para la protección de la niñez, pero "el
reto actual lo representan la adecuación por parte de los estados para que
también realicen reformas en este sentido a sus ordenamientos penales y
reforzar las tareas de prevención de estos delitos cuya responsabilidad
corresponde a toda la sociedad".

De igual forma, UNICEF reconoce que se da un cambio sustancial al reconocer
que cuando se comete alguno de estos delitos, además de una flagrantes
violación a un derecho consagrado en la Convención sobre los Derechos del
Niño, se atenta contra el libre desarrollo de la personalidad de las
personas menores de 18 años de edad y no contra la moral y las buenas
costumbres como se preveía con anterioridad.

BIEN… PERO

La reforma, aunque fue aprobada por unanimidad, había sido cuestionada por
algunos miembros del Partido Acción Nacional, concretamente por el senador
panista Alejandro González Alcocer, por contener "algunas inconsistencias".

Sin embargo, a decir del propio senador, aceptaron su aprobación por el
principio que rige la minuta, en el sentido de agravar las penas para los
pederastas y para quienes cometen abuso en contra de las y los niños y de
otras personas incapaces.

La reforma establece hasta 30 años de cárcel para los servidores públicos,
ministros de culto religioso y padres de familia que abusen o exploten
sexualmente a las y los niños. Asimismo, las reformas protegen a los
menores de 18 años, así como a las personas que no tienen capacidad para
comprender el significado del hecho.

De acuerdo con el dictamen, la sanción se aumentará el doble cuando el
infractor ejerza la patria potestad, guarda o custodia del menor, sea
familiar en línea colateral hasta cuarto grado o sea tutor.

Por su parte, el presidente de la Comisión de Atención a Grupos
Vulnerables, Guillermo Tamborrel Suárez, también coincidió en que la
explotación sexual infantil es la forma más perniciosa de vulnerar los
derechos de la niñez y un fenómeno de inquietantes dimensiones.

El legislador por Querétaro manifestó que la explotación, el abuso y la
pornografía infantil están a la vista de todos. "En México estamos
arribando a una situación de invisibilización del fenómeno, volviéndose
cotidiano y dejando de llamar la atención con la consecuente falta de
denuncias".

En contra de la explotación sexual comercial de niños han faltado acciones
más contundentes para falta fortalecer la legislación y establecer las
condiciones y mecanismos que garanticen el efectivo cumplimiento de los
derechos de la niñez y hacerlos exigibles, acotó el senador panista.

07/LGG/GG

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